Falta un mes para el viaje y el mensaje cae en el grupo de los padres: “necesito la autorización firmada ante notario hasta el domingo”. Llega la avalancha de preguntas —¿en serio hay que ir al notario? mi hijo ya tiene 16, ¿igual la necesita? su padre vive en otro estado, ¿quién firma? ¿y si es solo una caminata aquí cerca? Mientras la secretaría responde una a una por WhatsApp, el autobús sigue sin la carpeta lista.

La confusión tiene una causa simple: no existe “la autorización” en singular. Hay tres normas distintas hablando al mismo tiempo —el Estatuto del Niño y del Adolescente (el ECA, Ley 8.069/1990), las resoluciones del Consejo Nacional de Justicia (el CNJ, órgano que uniforma los procedimientos del Poder Judicial) y el Manual Administrativo del Club de Conquistadores, de la División Sudamericana. Cada una exige una cosa, y el escenario de la salida es lo que define cuál manda.

Esta guía cruza las tres, escenario por escenario: qué exige la ley, qué exige de más el manual, quién decide lo que varía —y, al final, un modelo de autorización en texto simple para que lo copies, adaptes e imprimas. Se relaciona de cerca con lo que ya explicamos en protección infantil en el club: un papel bien hecho es protección, no burocracia.

¿Qué documento exige cada salida?

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Antes de la tabla, una palabra que resuelve la mitad de las dudas: comarca. El ECA no habla de municipio —habla de comarca, que es el área de actuación de un mismo tribunal y puede reunir varios municipios. Es decir: llevar al club a la ciudad vecina a veces ni siquiera sale de la comarca. En caso de duda, el sitio del Tribunal de Justicia de tu estado informa qué comarca atiende a cada municipio.

La matriz de abajo cruza el escenario real de la salida con el documento mínimo y la norma que sustenta la exigencia. Léela de arriba hacia abajo hasta encontrar tu situación —y recuerda que las filas se suman (un viaje a otro estado con pernocte en posada necesita los dos documentos).

Escenario de la salidaDocumento mínimo¿Firma legalizada?Base
Reunión en la sede, dentro del perímetro urbano, sin pernocteFicha de inscripción y ficha de salud firmadas al inicio del añoNoManual Administrativo (Formularios A y B)
Salida en el mismo municipio, fuera del perímetro urbano o por carretera intermunicipal, sin pernocteAutorización escrita de los padres para esa salidaNo exigida por leyManual Administrativo (reuniones especiales)
Salida a comarca contigua, en el mismo estado o en la misma región metropolitanaAutorización escrita de los padresNo (la ley exime la autorización judicial en este caso)ECA, art. 83, §1º, “a”
Viaje fuera de la comarca, dentro del estado, acompañado por un líder (que no es pariente)Autorización escrita nombrando al líder responsableSí, por semejanza o autenticidadECA, art. 83, §1º, “b”, 2 + Res. CNJ 295/2019, art. 2º
Viaje a otro estado (campori regional, nacional, sudamericano)Autorización escrita nombrando al líder; el manual pide además una autorización ante el Juzgado de la InfanciaSí, exigida expresamente por el manualManual Administrativo + Res. CNJ 295/2019
Acompañado de abuelo, abuela, tío, hermano mayor de edad (pariente hasta 3er grado)Documento que compruebe el parentescoNo (la ley lo exime)ECA, art. 83, §1º, “b”, 1
Cualquier actividad con pernocte en hotel, posada, pensión o similar —incluso con 16 y 17 añosAutorización escrita de los padres para el hospedajeLa ley pide solo autorización escrita; los tribunales orientan a la red hotelera a exigir firma legalizadaECA, arts. 82 y 250
Conquistador de 16 o 17 años, viaje nacional, sin pernocte en hotelDocumento oficial con foto; la ley no exige autorización, pero el club la exige por norma propiaNo por leyECA, art. 83 (solo alcanza a menores de 16)
Viaje al exterior sin los padres (campori en otro país)Autorización de ambos padres, en dos vías originalesSí; una vía queda retenida por la Policía Federal en el embarqueECA, art. 84 + Res. CNJ 131/2011, art. 8º

Fíjate en lo que muestra la matriz y que casi nadie dice en voz alta: la autorización judicial es la excepción, no la regla. Solo se vuelve obligatoria cuando falta el documento de los padres. Con el papel correcto, firmado y legalizado, el club viaja sin pasar por el tribunal en la inmensa mayoría de los casos.

¿Qué exige realmente la ley brasileña (ECA, artículos 82 a 85)?

El corazón de la regla está en el artículo 83 del ECA: ningún niño o adolescente menor de 16 años puede viajar fuera de la comarca donde vive, sin la compañía de sus padres o responsables, sin autorización judicial expresa. La edad no siempre fue esa: hasta 2019 el artículo hablaba solo de “niño”, es decir, alcanzaba únicamente a quien todavía no tenía 12 años; la Ley 13.812/2019 subió el límite a 16. Fue ese cambio el que tomó por sorpresa a muchos clubes —de repente, casi toda la caravana pasó a necesitar el papel.

El mismo artículo trae las excepciones, en el §1º: no se exige autorización judicial cuando el destino es una comarca contigua, en el mismo estado o en la misma región metropolitana; cuando el conquistador viaja con un ascendiente o colateral mayor de edad hasta el tercer grado (abuelos, bisabuelos, hermanos, tíos, sobrinos mayores de edad), con el parentesco comprobado mediante documento; o cuando viaja con una persona mayor expresamente autorizada por el padre, la madre o el responsable. Es en esta tercera hipótesis donde encaja el Club de Conquistadores: el líder es la “persona mayor expresamente autorizada”.

Aquí viene el matiz que rara vez aparece: el ECA no usa la expresión “firma legalizada” para el viaje nacional. Quien fijó la forma fue la Resolución CNJ 295, del 13 de septiembre de 2019, que trata sobre la autorización de viaje nacional y exige, en el artículo 2º, escritura pública o documento particular con firma legalizada por semejanza o autenticidad. En el artículo 3º, la misma resolución manda que el documento indique el plazo de validez y, si lo omite, se presume válido por dos años.

El pernocte es otro capítulo. El artículo 82 prohíbe hospedar a un niño o adolescente en hotel, motel, pensión o establecimiento similar, salvo que esté autorizado o acompañado por los padres o el responsable —y aquí no hay corte de edad: también vale para el conquistador de 17 años. El incumplimiento es infracción administrativa del artículo 250, con multa y, en caso de reincidencia, cierre del establecimiento. Es decir: la posada que recibe a la caravana tiene interés propio en revisar los papeles, y va a revisarlos.

Para fuera del país, cambian las piezas: el artículo 84 exime la autorización judicial cuando el menor viaja con ambos padres o el responsable, o con uno de ellos autorizado expresamente por el otro mediante documento con firma legalizada —si viaja con terceros (el líder del club, por ejemplo), la autorización debe ser de ambos. La Resolución CNJ 131/2011 detalla el procedimiento: dos vías originales, una retenida por la Policía Federal en el embarque, firma legalizada por semejanza o autenticidad y plazo de validez presumido de dos años cuando se omite. Ya el artículo 85 prohíbe que un niño o adolescente nacido en Brasil salga del país en compañía de un extranjero residente o domiciliado en el exterior sin autorización judicial.

¿Qué exige el Manual del Club además de la ley?

El Manual Administrativo del Club de Conquistadores (División Sudamericana, edición 2020) es más riguroso que el Código —y eso es intencional. Determina que, cada vez que la reunión especial sea fuera del perímetro urbano, use carreteras intermunicipales o tenga pernocte, el club debe exigir la autorización de los padres o responsables, y que el conquistador no participa de la actividad sin esa autorización por escrito. El propio manual trae un formulario sugerido, el Anexo F – Autorización de salida, en la sección de formularios y anexos (página 225 de la edición 2020). Vale la pena mirar ese anexo con atención: es breve —identifica al conquistador, el evento, los horarios de salida y regreso, la declaración de salud y la firma del responsable—, pero no tiene campo para nombrar al líder que acompaña ni ninguna mención a la firma legalizada. Por eso el modelo de la próxima sección agrega lo que pide la ley federal.

Dos lecturas prácticas de esto. Primera: la autorización es por actividad, no una firma anual guardada en la carpeta. El manual repite la exigencia para excursiones, campamentos, eventos sociales de unidad y camporis. Segunda: salir del perímetro urbano o tomar una carretera intermunicipal ya activa la regla del club, incluso cuando la ley federal ni siquiera entraría en juego porque no se salió de la comarca.

Para eventos fuera del estado de origen, el manual pide dos pasos: firma del responsable legalizada ante notario y una autorización ante el juzgado de la infancia del municipio —en el texto del manual, “Juzgado de Menores”, expresión antigua; hoy el nombre correcto es Juzgado de la Infancia y la Juventud. El objetivo declarado es amparar judicial y civilmente a los directores durante el viaje.

Aquí hace falta honestidad sobre lo que varía. Por la ley federal, habiendo autorización de los padres con firma legalizada nombrando al líder, no es necesario un permiso judicial para el viaje nacional. El manual pide un paso más, y algunas comarcas tienen ordenanzas propias del Juzgado de la Infancia sobre eventos con niños y adolescentes. Quién decide, en la práctica: tu Asociación o Misión (el Campo), que orienta a la caravana, la Junta de la Iglesia local, que vota la actividad, y el Juzgado de la Infancia de tu comarca. Llama a las tres antes de imprimir 60 formularios.

Las directrices de protección a menores de la División Sudamericana, publicadas el 23 de octubre de 2024, cierran el cerco por otro lado: ninguna actividad oficial externa que involucre a menores está permitida sin el voto de aprobación de la Junta de la Iglesia y sin autorización de los padres o responsables legales. El mismo documento prohíbe que los niños duerman en habitaciones o carpas con adultos que no sean sus padres o titulares de una guarda otorgada judicialmente. No es exceso de celo: es la arquitectura que hace difícil que ocurra el abuso.

Para el campamento, el manual además manda exigir a cada participante menor de edad la autorización firmada, las recetas médicas, los medicamentos y las orientaciones sobre cualquier necesidad especial, todo reunido en una carpeta de seguridad —y contratar el transporte de una empresa idónea, con seguro para todos. Si estás armando la estructura de la salida, vale la pena leer también la guía de cómo armar un campamento.

Lee tambiénProtección infantil en el club

¿Cómo es el modelo de autorización que puedes copiar?

El texto de abajo es un modelo genérico redactado por nosotros, armado a partir de lo que exigen las normas —no es la reproducción del formulario oficial. Si tu Campo ya distribuye un formulario propio, usa el del Campo: tiene prioridad. Cópialo, cambia lo que está entre corchetes, imprímelo en dos vías y lleva las dos al viaje.

AUTORIZACIÓN DE SALIDA Y VIAJE DE MENOR

Yo, [NOMBRE COMPLETO DEL PADRE, MADRE O RESPONSABLE LEGAL], [nacionalidad], [estado civil], portador(a) del RG n.º [_____] y del CPF n.º [_____], residente y domiciliado(a) en [DIRECCIÓN COMPLETA], en calidad de [padre / madre / responsable legal] de [NOMBRE COMPLETO DEL MENOR], nacido(a) el [__/__/____], portador(a) del documento de identidad n.º [_____], AUTORIZO expresamente que él/ella viaje y permanezca, incluso con pernocte, en la actividad [NOMBRE DE LA ACTIVIDAD], promovida por el Club de Conquistadores [NOMBRE DEL CLUB], de la Iglesia Adventista del Séptimo Día de [CIUDAD/ESTADO], en el período del [__/__/____] al [__/__/____], con destino a [CIUDAD/ESTADO Y LUGAR], bajo la responsabilidad y en compañía de [NOMBRE COMPLETO DEL LÍDER RESPONSABLE], RG n.º [_____], CPF n.º [_____].

Autorizo además, en caso de urgencia y ante la imposibilidad de contactarme, la atención médico-hospitalaria del/de la menor. Información de salud relevante: [alergias, medicamentos de uso continuo, restricciones alimentarias, necesidades especiales].

Esta autorización es válida exclusivamente para la actividad y el período arriba descritos.

[CIUDAD], [__] de [MES] de [AÑO].

______________________________________
[Firma del padre, madre o responsable legal — firma legalizada por semejanza o autenticidad]
Teléfonos de contacto: [_____] y [_____]

Cada campo está ahí por un motivo. La tabla de abajo muestra qué línea del documento sostiene qué exigencia —es lo que separa una autorización que funciona de un papel bonito que no protege a nadie:

CampoPor qué no puede faltar
Datos completos de quien firmaEs lo que prueba que quien autorizó es realmente el padre, la madre o el responsable legal
Nombre completo del acompañanteLa ley habla de “persona mayor expresamente autorizada”: sin nombre y documento del líder, la excepción no se aplica
Fechas de ida y vueltaLa autorización debe indicar el plazo; si se omite, se presume válida por dos años (Res. CNJ 295/2019)
Destino y nombre de la actividadVincula el documento a ese viaje y evita el uso genérico, que el manual no acepta
Mención expresa del pernocteEs la exigencia del art. 82 del ECA para hospedaje en hotel, posada o similar
Autorización para atención de urgencia y datos de saludEvita que el líder se quede sin respuesta en la guardia médica a las 2 de la madrugada
Firma legalizadaEs la forma exigida por la Resolución CNJ 295/2019 para el viaje nacional sin autorización judicial

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Sobre el notario: en el reconocimiento por semejanza, el escribano compara la firma con la ficha ya archivada —suele ser el camino más rápido, y exige que el responsable tenga firma registrada en ese despacho notarial. Por autenticidad, el responsable firma frente al escribano, con el documento en mano. Las dos formas son aceptadas por las resoluciones del CNJ. Los valores varían según el estado, porque cada Tribunal de Justicia publica su propia tabla de aranceles —acuerda el plazo con los padres con al menos dos semanas de anticipación.

¿Y cuándo los padres están separados o quien firma no es el padre ni la madre?

Para el viaje nacional, la letra de la ley es generosa: el ECA habla de persona autorizada “por el padre, la madre o el responsable”, en singular. Una firma basta. Para el viaje al exterior con terceros, la regla cambia: son necesarias las autorizaciones de ambos progenitores, conforme al art. 84 del ECA y la Resolución CNJ 131/2011.

En la práctica del club, sin embargo, vale un consejo de quien ya vio la cosa salir mal: cuando hay guarda compartida —el modelo que la ley brasileña trata como preferente cuando ambos padres están aptos— o cualquier señal de conflicto entre ellos, pide las dos firmas. Legalmente una resuelve; políticamente, dos evitan que el viaje se convierta en una discusión familiar con el director en el medio. Y si no se puede localizar a uno de los progenitores, el camino no es que el club decida: es que la familia acuda al Juzgado de la Infancia y la Juventud para el suplemento de la autorización.

¿Quién es el “responsable legal”, al final? Es quien tiene guarda o tutela reconocida —y eso se prueba con documento. La abuela que cría al nieto desde hace diez años sin guarda judicial no es, técnicamente, responsable legal: en ese caso, o la familia regulariza la guarda, o la autorización viene firmada por el padre o la madre. Ya cuando uno de los progenitores falleció o perdió la patria potestad, agrega el certificado de defunción o la decisión judicial a la autorización.

  • Parientes hasta 3er grado (abuelos, bisabuelos, hermanos, tíos, sobrinos mayores de edad) están exentos de autorización por ley —pero deben comprobar el parentesco con documento. La partida de nacimiento suele resolverlo.
  • Padrastro y madrastra no son parientes hasta 3er grado para este fin, salvo que haya adopción o guarda. Si el padrastro va a llevar al conquistador al campori, entra como “persona mayor autorizada” —y necesita el documento.
  • Conquistador en acogimiento institucional o bajo tutela: habla con el Juzgado de la Infancia antes. Aquí no hay atajo.

¿Qué más necesita estar en la carpeta antes de que salga el autobús?

La autorización es la pieza más visible, no la única. El manual llama al conjunto carpeta de seguridad, y es responsabilidad de la secretaría del club. La lista de verificación que funciona:

  • Autorización de salida de cada menor, en dos vías, con firma legalizada cuando el escenario lo requiera;
  • Copia del documento de identidad del conquistador y del responsable que firmó;
  • Ficha de salud actualizada (el Formulario B del manual), con alergias, enfermedades crónicas y medicación de uso continuo, acompañada de la copia de la receta médica cuando la haya;
  • Medicamentos identificados, entregados a la dirección —nunca sueltos en la mochila;
  • Lista de contactos de emergencia de cada familia, impresa (la señal del celular suele fallar justo en el campamento);
  • Acta con el voto de la Junta de la Iglesia aprobando la actividad;
  • Registro y seguro anual activos para todos los participantes;
  • Contrato del transporte con una empresa idónea y regularizada.

Ese último punto tiene una trampa cara. El resumen de la póliza en el manual es explícito: el seguro cubre a los miembros regulares en actividades aprobadas por la Junta de la Iglesia local, incluso en el trayecto desde la casa hasta el lugar —y excluye el transporte terrestre no reglamentado por el Código de Tránsito y por la ANTT. Traduciendo: la camioneta del amigo del hermano del consejero, sin registro para transporte de pasajeros, puede ser exactamente el detalle que deja al club sin cobertura en el peor día. Vale la pena releer los detalles en seguro anual del club.

Y aquí la división honesta de roles: el registro oficial del miembro y el seguro anual existen en el SGC, el sistema oficial de la División Sudamericana —y nada lo sustituye. Ninguna aplicación, planilla o grupo de WhatsApp emite póliza ni vale como registro ante la iglesia; si el nombre no está ahí, el conquistador no está asegurado. Mira cómo funciona en SGC: qué es y cómo ingresar. Lo que herramientas como Desbravai hacen es el otro lado de la semana —avisar a las familias, mantener la agenda y la comunicación del club en un solo lugar— y eso no reemplaza ni un solo campo del SGC.

Si el destino es el Campori Sudamericano de 2027, en Barretos (SP), la cuenta es simple: para clubes de fuera de São Paulo es viaje interestatal, con pernocte, por varios días. Cae en la línea más exigente de la matriz —firma legalizada y conversación anticipada con el Campo. Empieza a reunir los papeles con meses de anticipación, no con semanas.

¿Qué errores hacen que la autorización no valga nada?

Un documento inválido es peor que ningún documento, porque crea una falsa sensación de seguridad. Estos son los descuidos que más aparecen en la revisión de último momento —y cómo corregir cada uno:

ErrorPor qué invalida el documentoCorrección
No nombrar al líder que acompañaLa excepción legal exige una persona mayor expresamente autorizadaNombre completo, RG y CPF del responsable del viaje
Autorización “para todas las actividades del año”El manual exige autorización en cada salida que encaje en la reglaUn documento por actividad, con fechas y destino
Sin firma legalizada cuando sale de la comarcaLa Resolución CNJ 295/2019 exige escritura pública o firma legalizadaNotario, por semejanza o autenticidad
Captura de WhatsApp o foto del papelNo hay firma reconocible ni vía original para verificarDocumento físico firmado, en dos vías
Firma de alguien que no es responsable legalSin guarda o tutela, la firma no autorizaFirma del padre, de la madre o documento de guarda
Silencio sobre el pernocteEl hospedaje tiene regla propia en el art. 82 del ECA, sin corte de edadFrase expresa autorizando el hospedaje durante el período
Carpeta con una sola víaSi la vía queda retenida en un control, el club se queda sin copiaDos vías —obligatorio en el exterior, prudente en Brasil

Un último punto que no es jurídico, es humano: la autorización es una conversación, no un formulario. Cuando el club entrega a los padres un comunicado por escrito con el programa, la dirección, los horarios, los teléfonos y el nombre de quien va a cuidar a su hijo, la firma llega rápida y sin fricción. Cuando solo llega el papel para firmar, aparece la desconfianza —y es legítima. El manual, de hecho, recomienda exactamente eso antes de los camporis: reunir a los padres, explicar el proyecto y solo entonces enviar la ficha.